La Organización Panamericana de la Salud formuló una nueva resolución porque reconoce que la transmisión segura, eficaz y puntual de datos personales o de datos de población entre distintos sistemas de información requiere el cumplimiento de una serie de normas sobre datos sanitarios y tecnologías conexas.
En el marco de la 66.ª Asamblea Mundial de la Salud, la OPS emitió que es esencial hacer un uso adecuado de las tecnologías de la información y la comunicación, con el fin de mejorar la atención prestada, lograr que los pacientes se involucren cada vez más en su propia atención, ofrecer servicios de salud de calidad, apoyar la financiación sostenible de los sistemas de salud y promover el acceso universal.
Asimismo, la OPS entiende que la falta de un intercambio fluido de datos en y entre los sistemas de información sanitaria dificulta la prestación de atención y conduce a la fragmentación de los sistemas de información sanitaria. En este sentido, destaca que la mejora en ese ámbito es esencial para aprovechar todo el potencial que brindan las tecnologías de la información y la comunicación para fortalecer los sistemas de salud.
Promover la interoperabilidad y otras recomendaciones
El énfasis de la resolución está puesto en la interoperabilidad. Por su parte, la OPS considera que toda la cadena del sector salud puede beneficiarse: los profesionales de la salud pueden acceder a información más completa y precisa sobre los pacientes en formato electrónico, en el lugar donde se presta la atención; las farmacias pueden recibir las recetas por medios electrónicos; los laboratorios pueden transmitir los resultados de las pruebas por medios electrónicos; los centros de diagnóstico por la imagen tienen acceso a imágenes digitales de gran calidad; los investigadores pueden realizar ensayos clínicos y analizar datos a mayor velocidad y con mayor precisión; las autoridades de salud pública tienen acceso a informes electrónicos sobre sucesos vitales en el momento oportuno y pueden aplicar medidas de salud pública basadas en el análisis de los datos sanitarios; y la población puede acceder a su información médica personal, lo que favorece la capacidad de decisión y acción del paciente.
Además, la resolución recomienda que los estados miembros:
1. Formulen, según proceda, políticas y mecanismos legislativos vinculados a una estrategia nacional general de cibersalud, a fin de que los sectores público y privado —según corresponda— y la comunidad de donantes observen las normas sobre datos sanitarios y de que la confidencialidad de los datos clínicos personales quede asegurada.
2. Proporcionen orientación y apoyo técnico, según proceda, para facilitar la evaluación coherente y reproducible de las tecnologías de la información y la comunicación en las intervenciones de salud, incluida una base de datos del impacto medible e indicadores de resultados.
3. Promuevan, en colaboración con los organismos internacionales de normalización pertinentes, la armonización de las normas de cibersalud.
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