Por Daniela Chueke
En el marco del Convenio firmado entre la Presidencia del Uruguay, el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Economía y Finanzas, y la Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información (AGESIC) para el Programa Salud.uy, la International Health Terminology Standards Organization, otorgó la membrecía a Uruguay.
Al dar este paso, Uruguay se convierte en el primer país en Latinoamérica que se suma a la Asociación. Cabe aclarar que en otros países de la Región, si bien algunas instituciones como el Hospital Italiano utilizan Snomed CT mediante licencias, son las instituciones particulares las que deben solventar los costos de las mismas y estas no están disponibles para todo el resto del sistema público de salud.
En cambio, a partir de este paso, todas las organizaciones del sistema de salud del Uruguay podrán utilizar la licencia de SNOMED CT en forma gratuita.
Según fuentes de Salud.uy Ing. Uruguay tomó la decisión de sumarse a la IHTSDO para favorecer el procesode implementacion de la Historia Clínica Electrónica. Este proceso, implica la necesidad de lograr un adecuado registro de la información asistencial, como también la necesidad de apoyar el análisis de la información clínica almacenada, debe involucrar un proceso adecuado para el planteamiento del uso de terminología y de representación del conocimiento clínico, a nivel de las observaciones, órdenes, resultados, diagnósticos entre otros. Por lo tanto, se vuelve necesario estar en condiciones de apoyar el contenido de una Historia Clínica Electrónica en un modelo de terminología orientado hacia los conceptos, como el de SNOMED CT, un modelo que permite mejorar la calidad de la información registrada, dado que todos los conceptos están interrelacionados con otras dimensiones como las relaciones, jerarquías, cronologías, que convierten a esta herramienta en una ontología especializada en la representación del conocimiento en salud.
De este modo, el proyecto Salud.uy en su componente de Historia Clínica Electrónica Nacional (HCEN) propone la estrategia del uso de SNOMED CT y decide sumarse como miembro de la asociación internacional que desarrolla esta terminología. La membrecía la asume AGESIC, por medio de su programa Salud.uy, comprometiéndose a cumplir con las condiciones que esta impone para contribuir en los objetivos de la misma.
Responsabilidades asumidas
Una de las condiciones que la Asociación impone a sus miembros es que deben establecer un régimen de gestión del uso de los productos de terminología de la IHTSDO en su territorio que, como llevan a cabo varias funciones de conformidad con los Términos de propiedad intelectual.
En primer término, deben ser el principal punto de enlace con la Asociación con respecto a todos los aspectos de la gestión de los productos terminológicos en el país. También tienen la obligación de establecer y mantener procesos para distribuir y licenciar los productos terminológicos en su territorio.
Asimismo, la Agesic, se constituye en el principal punto de contacto dentro de la Nación para que las personas hagan contacto en relación a los productos terminológicos, incluidas las licencias de los productos terminológicos y actualizaciones y mejoras en la obtención de los productos terminológicos;
Otra de sus funciones es asegurar que todos los productos y sus comunicados que la Agencia despliegue dentro de su jurisdicción basados en los productos de Terminología de la Asociación, estén preparados, controlados y gestionados de conformidad con las normas de la misma. Es imperativo, además, que mantenga un registro de problemas y otras cuestiones reportadas durante el uso de los Productos de terminología, que documenten y den apoyo a las propuestas para la actualización y mejoras de los productos terminológicos y que realice el seguimiento de la distribución y las aplicaciones de los productos de Terminología de la Asociación, marcas registradas y otra propiedad intelectual.
AGESIC deberá, además mantener un registro de todas las licencias concedidas a los afiliados en Uruguay, promover con expertos y otras personas apropiadas a contribuir a la labor de la IHTSDO y ayudar a la misma en la comunicación con los afiliados y expertos titulados y que deseen inscribirse como afiliados de la Asociación.
Finalmente, tendrá participación en la elección de los miembros del Consejo de Administración, Comités Permanentes y en otras funciones de gobierno de la Asociación.
Distribución de licencias
En cuanto a cómo se distribuirán las licencias para el uso de SNOMED en los organismos de salud públicos y privados del país, el administrará el conjunto de licencias que se van solicitando por parte de los diferentes actores de salud en Uruguay, y deberá reportar la información a IHTSDO.
Las organizaciones interesadas en el uso del software deberán suscribir un contrato con AGESIC que los habilitará a hacer uso gratuito en el marco de las condiciones que establezca el contrato, lo que incluirá la definición de una estrategia y plan de comunicación.
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