Nuevos aranceles para la Telemedicina en la regiónNew tariffs for Telemedicine in the regionNovas tarifas para telemedicina na região

Telemedicina

Por Silvia Pardo.

La telemedicina ya es una realidad. Y uno de los temas más importantes a tratar son las regulaciones en el pago de las tele-consultas que avanzan en la región.

Mientras que en Chile las consultas mediante este sistema comenzaron a tener un código de arancel del FONASA (Fondo Nacional de Salud), en Argentina y México se están implementando también las regulaciones para los pagos por telemedicina.

«En la actualidad se necesita un marco regulatorio tanto a nivel nacional y de cada jurisdicción, como dentro de las instituciones, que protejan tanto al paciente, para que se le brinde una atención adecuada, como a los profesionales, para que se sientan seguros y respaldados por la práctica que realizan”, dice Fernando Plazzotta, médico especialista en Informática Médica y Sistemas de Información en Salud en el Hospital Italiano de Buenos Aires, Máster universitario en Telemedicina, quien considera que es momento de acompañar estas tecnologías y aprovecharlas para mejorar el sistema de salud.

“Hablar de un código de arancel de telemedicina es muy genérico. Dentro de la telemedicina hay diversas prácticas, como por ejemplo, una teleconsulta (que a su vez pueden ser sincrónica o asincrónica), telemonitoreo, consultas de segunda opinión, consultas de especialistas, telestroke, (teleictus) o telediagnóstico que son prácticas muy diferentes. Tienen en común que son todas prácticas de telemedicina; pero ponerle un solo código de facturación a cada una de éstas significa no considerar las diferencias inherentes a cada una de esas prácticas”, explican Plazzotta y Janine Sommer, licenciada en enfermería, especialista en informática en salud.

Dan un ejemplo: “una consulta de telestroke, en la cual un profesional de guardia emergentólogo o terapista está consultando para definir la conducta de resolución de un ACV a un especialista neurólogo que está a su vez analizando las imágenes y el cuadro clínico, no puede facturarse con el mismo código (o valor) que una teleconsulta común (por ejemplo, por síntomas gripales). De esta forma, establecer un único código de facturación por telemedicina no tiene sentido.”

Aclaran que lo que probablemente suceda en estos casos es que “cada prestador va a terminar estableciendo códigos propios (que obviamente no están contemplados en el nomenclador nacional, y van a entrar dentro de lo que se nominan “prácticas no nomencladas”) o, a lo sumo, serán equiparables a la consulta común. De este modo, cada prestador va a negociar con los diferentes financiadores un precio para cada una de las prácticas de telemedicina”, afirma Plazzota y agrega: “la consulta es un acto médico, un acto sanitario. En ella cada profesional se juega su matrícula, independientemente por el canal que sea realizada. Y cada consulta debería tener un honorario, que es el trabajo de cada profesional.”
Recientemente, la Sociedad de Mastología recomendó a sus profesionales que defiendan que una consulta es tal, independientemente de que sea presencial o por canales electrónicos. “Esto marca un hito, en el que una sociedad profesional defiende a sus asociados con el lema consulta es consulta. No hay inconveniente en esto, siempre y cuando no haya una ley que lo prohíba. Y no la hay”, dice Plazzota.

En Chile, la Telemedicina ya tiene su código de arancel del FONASA. El doctor Alejandro Mauro, médico especialista en informática médica, Jefe del Departamento de Informática Biomédica de la Clínica Alemana de Santiago, explica que esto es un hito muy importante ya que “cuando comienzan a existir códigos para el financiamiento de la telemedicina se abren nuevas puertas para su desarrollo. Los países que no tienen códigos de facturación de eventos telemédicos declaran que el principal problema para el desarrollo de la telemedicina es la falta de financiamiento, si no se puede cobrar una prestación médica, es muy difícil desarrollarla. Además, la creación de códigos de facturación por parte del estado, valida la práctica de esta prestación, tema que siempre es debatido en los países donde no existen leyes ni normativas al respecto”.

En cuanto a su implementación en Chile, el doctor Mauro explica que se creó “el código 0108001 Consulta por Telemedicina en el  Arancel 2019 de la Modalidad de Atención Institucional (MAI) de FONASA (el seguro público de salud). La prestación tiene un arancel de 14.770 pesos chilenos (21 USD). Al ser un código de la MAI, únicamente puede ser utilizado por los prestadores públicos, no aún los privados. Un paciente podría, pagando el copago de este arancel según su plan, acceder a una teleconsulta con un profesional de la salud de un hospital. Este código le da vida a un proyecto del Hospital Digital de Chile que busca acortar la brecha de acceso a especialistas mediante teleconsultas médico-paciente”.

Por su parte, los especialistas argentinos, Plazotta y Sommer, alegan que «el código de arancel FONASA quiere decir que el financiador público ya lo acepta como práctica facturable. Es como si en Argentina PAMI (un organismo que regula la salud de los adultos mayores) hiciera algo similar. Pero esto es más inherente al modelo de salud pública que tiene Chile. Acá los proyectos de salud pública, como el del Garrahan, que tiene mas de 20 años, no pasan por ese modelo”.

En México cada estado de la república establece en el estudio de costo-beneficio de su programa estatal el costo de una atención por telemedicina. Nosotros otorgamos un costo a la teleconsulta de atención de especialidad, este valor está dentro del marco regulatorio del CAUSES, que es un catálogo que establece los precios para el seguro popular, los precios establecidos en el convenio interinstitucional de intercambio de servicios o  en  otro caso en el catálogo de cuotas de recuperación para la beneficencia pública” explica la Dra. Mónica Armas Zagoya, Sub Directora de Información y Tele Salud, Secretaría de Salud de Zacatecas, México.

En ese país este arancel a las consultas de telemedicina es según la antigüedad del programa local. En Zacatecas este parámetro está establecido desde el 2010.

“Tienen un costo aproximado en dólares de 1200 pesos según el catálogo de intercambio de servicios para la consulta de especialidad”, concluye la especialista mexicana.

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